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Jornada: El procedimiento de inaplicación de convenios colectivos a nivel estatal y en las Comunidades Autónomas

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Fecha de publicación:

22 de octubre de 2014

Fuente:

Consejería de Economía y Empleo

Descripción:

A celebrar el 5 de noviembre de 2014, en la sala de Uso Múltiple de las Cortes de Castilla y León (Valladolid)

Contenido:

El artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores en su redacción dada por la Ley 3/2012 contempla la posibilidad de inaplicar el convenio colectivo vigente cuando concurran las causas recogidas en tal precepto.

Cuando no exista acuerdo al respecto, el estatuto abre una vía última, que es la de acudir a una comisión tripartita con funciones decisorias al respecto. En esta sentido las Comunidades Autónomas han optado por una de las dos siguientes soluciones: suscribir un convenio de colaboración con el Ministerio a los efectos de que respecto a los convenios de la Comunidad sea la Comisión Consultiva Nacional la que actúe; o bien, la creación de órganos equivalentes circunscritos a cada una de las Comunidades.

Castilla y León ha optado por la segunda opción; por Decreto 14/2014, de 3 de abril, se procede a la creación de la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León, dentro del Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León.

Con esta jornada se pretende dar a conocer el procedimiento para la inaplicación de convenios colectivos y la situación al respecto en las distintas Comunidades Autónomas, sus peculiaridades y similitudes, con especial atención a la situación de Castilla y León.

Inscripción:

*Aforo completo